Mediación, Etica y Cultura

Mediación, Etica y Cultura

(Actualidad Psicológica, Buenos Aires, Año XXI-No. 237, Nov. 1996)
Dr. Nora Femenia

La introducción de la figura jurídica y de la consecuente práctica de la mediación en Argentina está presentando por un lado una abundante oferta de profesionales dispuestos a mediar, y por otro lado una demanda muy reducida.

Este es un caso donde la confianza pública en el nuevo instrumento de resolución de conflictos todavía tiene que desarrollarse. Sin intentar explicar todas las causas posibles de esta discrepancia, el presente trabajo se centrará en algunos aspectos centrales del proceso de introducción de la mediación. Siendo este un proceso profundo de cambio en las reglas aceptadas de las interacciones sociales, especialmente las conflictivas, requiere algunas reflexiones sobre las bases filosóficas y éticas en las cuales se asienta.

La mediación, tal como se la está estudiando e intentando implementar ahora es una práctica eminentemente basada en modelos norteamericanos. Esta práctica lleva ya algunos años, y está basada en el deseo de proveer medios alternativos, no adversariales, de solución de disputas.

Su aplicación es exitosa en variados ámbitos, ya sea comerciales, familiares, institucionales o comunales, al generar interacciones entre las partes orientadas a promover la búsqueda de soluciones mutuamente aceptables.

Es importante considerar que las prácticas sociales son creadas y desarrolladas dentro de cada contexto cultural, dentro del cual expresan y reproducen normas y valores importantes. La forma jurídica de la mediación, tal como se la está introduciendo en Argentina, es ya una parte de la cultura prevaleciente en los Estados Unidos, y como tal, se asienta en principios que para esa cultura son básicos y auto-evidentes.

El propósito de este trabajo es examinar esos valores, ver como esos valores determinan la forma de la mediación tal como es construida y ofrecida al público allí y analizar la correspondencia de esos valores con los valores de la cultura latinoamericana, y en especial la argentina. Algunas sugerencias acerca de la adaptación exitosa a la cultura local podrían deducirse luego de estas consideraciones.

Hablando en general, los valores sociales son aquellos que, una vez elegidos, son activamente practicados y tematizados dentro de una definida cultura. Esto quiere decir que los valores son mencionados, discutidos, reclamados y respetados por las personas, para sí mismas y vistos como la norma aceptada para regir las interacciones de la vida cotidiana. Tiene que haber una correlación entre los valores tematizados y los aceptados como normas que rigen válidamente la interacción social.

Aquellos valores solamente declarados pero no encarnados en la práctica diaria son ineficaces para regir y modelar las interacciones entre personas. Pasaremos revista a los valores que se aplican a la vida diaria de las personas en Estados Unidos, y veremos como se revelan en la práctica de la mediación, tal como es practicada allí.

Primer valor: el derecho individual a la autodeterminación. Se expresa diariamente a través de sostener la posibilidad de elegir entre varias opciones, aquella que mejor represente los intereses y deseos del individuo. Para lograr esto, se asume que la persona hará una búsqueda inteligente y concienzuda de los costos y beneficios de cada opción. Pero se lo tematiza de manera inequívoca, al aceptarse continuamente el derecho de las personas a elegir lo que quieran, y que para ello deben recibir toda la información necesaria para hacer una decisión informada.

Al fin y al cabo, es el mismo individuo quien pagará los costos de una decisión equivocada, por lo tanto se le respetará el proceso de la decisión independiente hasta las últimas consecuencias. Se transmite a través de las familias, donde la aspiración de las madres es darle a sus hijos el máximo número de opciones posible, mientras simultáneamente se enseña a los niños la manera de analizar el costo/beneficio de cada opción. “Si haces esto, tienes el postre ahora, pero pasa tal cosa; si haces lo otro, estas son las consecuencias,” etc.

Lo que se respeta en este valor es el derecho de cualquier persona a hacer sus propias opciones, recibiendo la información necesaria. Es claro en casos quirúrgicos, donde a pocos cirujanos se les ocurriría abrogarse el derecho a decidir extirpar tambien los ovarios de una paciente sometida a histerectomía, sin haberle preguntado antes a ella, y explicado las razones de la decisión.

Lo que la ética de ofrecer información no cubre, posiblemente lo suplemente la ley de malpráctica. Pero es socialmente inaceptable hacer decisiones que afectarán los bienes de una persona en su lugar, salvo casos de manifiesta incompetencia. Lo que la mediación respeta escrupulosamente es la construcción mediada de un acuerdo que represente lo que las partes quieran y estén decididas a cumplir. El mejor acuerdo que el mediador pueda proveer es inferior al acuerdo que las mismas partes quieran. Para los mediadores, las etapas dedicadas a elicitar información, hacer preguntas de manera especial, abrir un torbellino de ideas y generar opciones se dedican a ampliar la información que las partes necesitan para construir su acuerdo.

El dilema ético que podría presentarse es la existencia o no de una adecuada capacidad de las partes de representarse a sí mismas: una parte que, motivada por miedo consiente a un acuerdo que no representa sus mejores intereses, puede ser invitada entonces a buscar el consejo profesional. Este es el caso típico de una mediación en divorcio cuando están presentes signos de violencia familiar. El valor básico ofrecido por el proceso de la mediación reside en aumentar la capacidad de las partes para hacer decisiones que beneficien tanto su situación actual como la futura.

Es en este sentido que se dice que el mismo proceso de mediación tiene que ser una experiencia educacional, que enseñe a las partes nuevas maneras de identificar sus intereses, representarlos inteligentemente y llegar o no a acuerdos donde se los respete. Por ejemplo, la Asociación Americana de Arbitraje, en su modelo de conducta para mediadores, establece que el principio fundamental de la mediación es la autodeterminación, que descansa sobre la capacidad de las partes de alcanzar un acuerdo voluntario y sin coerciones, teniendo ambas la libertad de abandonar el proceso de mediación en cualquier momento.

El peligro de trasponer un modelo de mediación basado en este valor, sin adecuado examen de las circunstancias culturales locales, podría llegar a producir mediaciones donde se ofrezca un seudo respeto a la autodeterminación de las partes. Una cultura autoritaria supondría, sin mayor preocupación por el valor de la autodeterminación, que el mediador puede o debe arrogarse la posibilidad de decidir por las partes, o permitirse ofrecerles consejo profesional.

Sin una adecuada preparación crítica, y aún un cambio profundo de mentalidad, el rol de experto que los profesionales desempeñan frente a la población en general, llevaría (especialmente en casos donde las partes carezcan de educación suficiente, sofisticación o habilidad negociadora) a acuerdos generados e impuestos por el mediador. Cuando el desbalance es entre las partes, el mediador deberá tener una clara noción de cómo balancear el proceso para asegurar que la parte mas débil, generalmente la mujer, no sea forzada a acuerdos perjudiciales. En caso que una de las partes intimide o fuerce a la otra, el mediador será responsable de defender la libre determinación de la parte afectada, asegurando una negociación equilibrada y justa.

La autodeterminación de las partes se vería gravemente perjudicada si el mediador, preocupado por demostrar un alto nivel de acuerdos, usara coerción de cualquier tipo para obtenerlos. Desgraciadamente, y a causa de los mismos efectos de una cultura autoritaria, aún es posible que las mismas partes esperen, sugieran o demanden la intervención “autorizada,” del mediador, quien se sentiría mas que justificado en ofrecer su solución. Si esto efectivamente sucede, ya no se trata de verdadera mediación, y posiblemente sea un arbitraje por otro nombre.

El segundo principio sobre el cual se basa explícitamente y prescriptivamente la mediación norteamericana es el de imparcialidad. El mediador sólo puede conducir aquellos procesos en los cuales pueda permanecer imparcial, debiendo retirarse si tiene intereses o prejuicios en contra de una de las partes, o si una de las partes así lo percibe.

En este punto surgen muchas dificultades al traducir la teoría de la mediación a otro contexto, en este caso el latinoamericano. Por un lado, está generalmente ausente una discusión pública acerca de la igualdad de las personas en el ámbito legal y social, y acerca de la necesidad de confrontar y reducir los prejuicios desplegados por algunas partes de la sociedad contra otras, juzgadas como inferiores. La mediación exige que no se tengan prejuicios contra las características personales (étnicas, raciales, de género), o contra el tipo de conducta desplegada a lo largo del proceso de mediación.

Esto asegura la confianza de las partes en que el mediador es el principal responsable de examinar cuidadosamente sus propios prejuicios y capaz de auto-excluirse si descubre que una de las partes es, por ejemplo, de una raza o grupo étnico/social diferente al suyo, contra la que tiene prejuicios desfavorables, y no pudiera por ello garantizar la imparcialidad de su intervención.

Pero esto es sólo posible en un contexto cultural donde la misma sociedad tenga institucionalizada la práctica constante de discutir, analizar y combatir los prejuicios sociales. En Argentina habría que hacer un esfuerzo consciente y sostenido para impulsar esta actitud de revisión critica de los prejuicios sociales, que ahora no existe.

Otros aspectos éticos de la mediación, tales como el evitar conflicto de intereses, competencia y confidencialidad son igualmente importantes. Cómo tendrá el publico la percepción que el mediador se compromete sólo a defender los intereses de las partes, sin responder a intereses ajenos que estén necesitando un acuerdo coercitivo? Cómo se hará la derivación a otros profesionales en caso necesario, derivando clientes sólo a aquellos profesionales que cumplan con las calificaciones adecuadas?
Quien garantizará que la oferta pública de mediadores esté supervisada por organismos competentes?

Aparte de aquellos mediadores incluidos en el listado de la justicia, cuyas calificaciones han sido revisadas y aprobadas, quien garantizará las calificaciones de otros profesionales? Y, yendo mas allá de las calificaciones a las actitudes, quien verificará que el mediador defienda solamente el interés por las partes y su autodeterminación?

Para proteger el proceso de la mediación, el mediador también deberá cuidar la confidencialidad del proceso. Toda la información recibida, a menos que las partes lo dispongan, es estrictamente confidencial. Cómo se creará la percepción pública de que la confidencialidad es un bien que se intenta preservar? Habiendo bienes y valores en riesgo, preservar rigurosamente la práctica de la confidencialidad determinará el futuro de la mediación como institución pública.

Insertar un nuevo instrumento público como lo es la mediación demanda un profundo cambio social, por que es necesario hacer un examen cuidadoso de los principios éticos sobre los cuales ésta se basa. Para promover la confianza del público en este nuevo método de resolución de disputas, hace falta iniciar una amplia discusión entre profesionales y público acerca de la mediación, sus valores subyacentes y su concordancia con los principios éticos vigentes en la Argentina.


Acá hay un estupendo trabajo sobre los pilares éticos de la Mediación aplicada en Chile, que continua las reflexiones del trabajo citado arriba.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 

344bien, se genera uno nuevo: El asunto o cuestión de reflexión ineludible, necesaria,urgente, sobre las bases filosóficas y, especialmente, éticas en las cuales se asientanestas opciones sociales como vías alternativas de solución de conflictos a la tradi-cionalmente usada: la jurisdiccional.Tal y como acertadamente señala Nora Southeastem: “La Mediación, –que es elinstituto que a este trabajo importa– tal y como se ha estado estudiando e intentandoimplementar ahora, es una práctica eminentemente basada en modelos norteameri-canos. Esta práctica lleva algunos años y está basada en el deseo de proveer mediosalternativos no adversariales de solución de disputas. Su aplicación es exitosa envariados ámbitos, ya sea comerciales, familiares, institucionales o comunales, algenerar interacciones entre las partes que promuevan la búsqueda de solucionesmutuamente aceptables”.1Ahora bien, y sin perjuicio de ello, no podemos obviar el hecho de que las prác-ticas sociales son creadas y desarrolladas dentro de cada contexto cultural y dentrode ellos expresan y reproducen normas y valores importantes. Es decir, que la formajurídica de la Mediación que estamos intentado aplicar en Chile es ya parte de unacultura formada y, además, prevaleciente en Estados Unidos, “y como tal se asientaen principios éticos que, para dicha cultura son básicos y autoevidentes”.2La cuestión importante que es imprescindible reflexionar, entonces, es cuálesson los principios éticos básicos sobre los que se asienta la Mediación de acuerdo asu propia naturaleza, identificar los mismos, describirlos y tratar de comprenderlosen su esencia, para luego, a partir de allí, derivar por consecuencia lógica, las for-mas o modos de tratar al otro que ella nos exige a los chilenos, tanto si somos partesdel conflicto, como si somos mediadores o terceros coadyuvantes del proceso, siqueremos que este sistema pueda ser una opción realmente aplicable en nuestracultura que nos permita tener, cada vez que ello sea posible, e implementar un mejory más eficaz acceso a la justicia y a la paz en las relaciones interpersonales.3De la identificación de esos principios éticos básicos que sustentan la Media-ción, y sin los cuales ella no puede desarrollarse, y de las conductas que tales prin-cipios imponen a los sujetos interesados, podremos luego reflexionar acerca de lacorrespondencia de esos valores con los propios de la cultura latinoamericana, ychilena en particular, y, por ende, medir la posibilidad de su desarrollo exitoso o noen nuestro país, pudiendo también identificar de este modo analítico cuáles son loselementos negativos o falencias culturales que constituyen obstáculos para su apli-cación exitosa.Pues bien, a efectos de clarificar los términos de este análisis conviene aclararqué entendemos por valores sociales.Hablando, en general, los valores sociales pueden ser definidos como aquellasideas sobre lo que se considera “bueno”, “correcto” para la vida humana que, unavez que han sido definidas y determinadas en un grupo social, son activamente prac-1SOUTHEASTEM, Nora: “Mediación, Ética y Cultura” en Actualidad Psicológica, Buenos Ai-res, año XXI, número 237, noviembre de 1966.2Ibídem.3Véase CARAM, María Elena “La Mediación también educa” en Libra. Mediación en laArgentina. Buenos Aires, Fundación Libra, año IV, número 5, 1995, 11-15.

 

345ticadas por los integrantes de ese grupo social a la vez que, tematizadas, reflexiona-das, revisadas críticamente, etc., dentro de su cultura. Esto quiere decir en palabrasde Nora Southeastem “que los valores son mencionados, discutidos, reclamados yrespetados por las personas, para sí mismas, y vistos como la norma aceptada pararegir las interacciones de la vida cotidiana”.4Para que pueda calificarse, entonces, a un valor como social “tiene que haberuna correlación entre los valores tematizados y los aceptados como normas querigen válidamente la interacción social”.5Por lo mismo “aquellos valores solamente declarados pero no encarnados en lapráctica diaria son ineficaces para regir y modelar las interacciones entre las perso-nas” y, por lo tanto, habría que hacer un esfuerzo reflexivo por identificar los valo-res que se tematizan como propios de la Mediación, a la vez, que intentar elucidarcómo se revelan éstos en la práctica valorativa social chilena.Obviamente que aquí la reflexión crítica es esencial y la invitación queda hecha.¿Son los valores o principios éticos rectores de la Mediación, valores sociales oculturales vigentes en Chile? En caso negativo, ¿cuáles son nuestro disvalores másprofundos que constituirán los mayores obstáculos para la vigencia efectiva de laMediación en nuestro país?La reflexión crítica, pero también la honestidad analítica y cultural es el primerpaso, el paso ineludible que debemos dar todos aquellos que estamos interesados enaplicar en Chile la Mediación como un sistema alternativo de solución de conflictosinterpersonales, no sólo como una opción simple por las alternativas, por la varie-dad o por el mayor acceso a la justicia, sino también y esencialmente como uncambio cultural a favor: primero de la comunicación como vía para el entendimien-to humano –en contra de la ruptura de ésta y la permanencia en el conflicto, la rabia,el dolor o la frustración–, y segundo, como consecuencia de lo anterior, como víaeducativa del reconocimiento de la persona del otro, del respeto por su persona, sulibre albedrío, su capacidad imaginativa, creativa así como sus limitaciones, comovía formadora de las personas en la tolerancia, en busca de la paz y la armoníasocial.En este sentido, Bárbara Hulburt, mediadora abogada y actual Directora del Ser-vicio de Resolución de Disputas del Estado de Virginia señalaba en una visita a laFacultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires: “Lo que voy a contarles enestos encuentros es cómo nosotros entendemos a la Mediación en el Estado de Vir-ginia. Esto quiere decir que nuestra forma no es la única ni la mejor, simplemente esla que realmente nos sirve según nuestras propias características culturales. Esta-mos aprendiendo, así como ustedes también lo están haciendo, y para llegar a algoque realmente funcione tenemos que ser conscientes de todo aquello que haga fra-casar la experiencia en la que estamos comprometidos. Quisiera hablarles de porquéla Mediación representa algo realmente importante dentro de la idea de servicio yayuda a las personas. Creo que cuando hay conflicto, la gente tiene normalmenteuna inclinación natural a evitarlo y pensar que si no lo trata ahora, mañana quizás sehaya ido, pero ocurre que en realidad esto no es así, y entonces nos preguntamos:4Op. Cit. (1).5Ibídem.

 

346¿Cómo resuelven las personas sus conflictos?”6Este esfuerzo constructivo y reflexivo, entonces, tiene por objeto esencial plan-tear la Mediación no sólo como un proceso alternativo más eficiente y barato que latradicional solución jurisdiccional, sino también como un proceso esencialmenteético, fundado en valores culturales respetuosos de las personas, sus individualidadesy potencialidades, y, por ende, como una conveniencia, no sólo técnica y económi-ca, sino también como una atractiva propuesta sociocultural.II. PROPUESTAS ÉTICAS RECTORAS DE LA MEDIACIÓNLas propuestas de este apartado tienen por objeto establecer pautas éticas de con-ducta que deben regir el comportamiento de quienes participan en un proceso deMediación, ya sea como mediadores, como terceros coadyuvantes, como partes deél y, por lo tanto, son reglas que tienen por fin garantizar a todo sujeto partícipe,pero principalmente a las partes, la estricta eticidad de este procedimiento alternati-vo de resolución de disputas, de modo de legitimarlo a éste ante el público, no sólocomo un procedimiento más rápido, económico y/o eficiente de resolución de lasdisputas, sino también como un procedimiento confiable desde el punto de vista dela corrección moral en el comportamiento de sus directores y participantes.Sabemos que la Mediación es un proceso voluntario en el que un tercero neutrale imparcial ayuda a las partes a resolver su diferencia.El rol del mediador consiste en facilitar el diálogo entre las partes promoviendoel entendimiento. El o ella ayudará a las partes a identificar sus intereses y a indagaren forma creativa acerca de las distintas posibilidades para lograr un acuerdo satis-factorio para todos los involucrados.7Como tal, es un procedimiento que está regido por principios éticos objetivos,los que a su vez se traducen en deberes éticos de conducta. Tales deberes son im-puestos, por constituir la aplicación práctica y concreta de esos principios objetivos,a la conducta subjetiva de mediadores, terceros coadyuvantes (técnicos y/o admi-nistrativos) y partes del conflicto.En razón de esta doble dimensión, objetiva y subjetiva de la Ética rectora de laMediación, estas propuestas las divido en tres grandes áreas:2.1. De los principios rectores de la Mediación;2.2. De los deberes éticos principales y específicos de los mediadores; y2.3. De los deberes éticos principales y específicos de las partes y cualquier otrapersona que actúe en el proceso como tercero coadyuvante.En el primer punto, lo que quiero es identificar los principios o valores éticosobjetivos que son propios de la Mediación, tal y como ha sido concebido por la6HULBURT, Bárbara. Citada en “El Estado de Virginia: Servir para la Paz” en Libra. Media-ción en la Argentina. Buenos Aires, Fundación Libra, año 3, número 4, 1994, 22-23.7Véase en esta misma revista mi artículo titulado: “La Mediación: Una forma alternativa deresolución de conflictos. Su naturaleza, esencia, características, estructura, ventajas y des-ventajas frente a la solución judicial”.

 

347Escuela Norteamericana de Harvard, para luego, en los puntos segundo y tercero,especificar las conductas que estos valores éticos objetivos exigen a los sujetos so-ciales partícipes del proceso y ello en relación también con la experiencia con la queya contamos en la práctica del mismo. El solo planteamiento de las conductas socia-les debidas, tanto por mediadores, partes o terceros permitirá hacer alguna reflexióncrítica acerca de la vigencia social efectiva de esas conductas en nuestra cultura, a lavez que espero, inspire al lector a hacer su propio análisis de nuestros valores socia-les vigentes, así como del carácter favorecedor o desfavorecedor, para la aplicaciónefectiva del proceso de Mediación, de algunos aspectos valóricos de nuestra cultura.2.1. De los principios rectores de la mediaciónDe acuerdo al esquema conceptual del Programa de Negociación de la Facultad deDerecho de Harvard, cofundado y dirigido por William Ury8, son principios éticosque rigen la Mediación los siguientes:a) La igualdad de las partes en el procedimiento de Mediación.b) El restablecimiento instrumental de la comunicación o paso de la competencia ala colaboración.c) La salida de las posiciones rígidas por parte de las personas o instituciones quese hallan en disputa, como producto del paso de la competencia a la colabora-ción.d) La afloración de los intereses de las partes en disputa producto del abandono delas posiciones rígidas.e) La coordinación de las partes para resolver por sí mismas sus conflictos delmodo que a ellas les parezca más apropiado.f) La autonomía individual y el respeto por la individualidad en la proposición ybúsqueda de soluciones posibles.g)La búsqueda de la más alta satisfacción posible para todas las partes involucradas.h) El tratamiento integral del conflicto.a) La igualdad de las partes en el procedimiento de mediación, o el llamado“equilibro de poderes”La Mediación es un procedimiento que debe realizarse existiendo igualdad de pode-res entre las partes en conflicto dentro del proceso mismo y durante todo el desarro-llo del procedimiento.A tal efecto, y cualquiera sea la razón o fuente de la desigualdad que, de hecho,fuera de la Mediación existiese entre las partes, el mediador deberá estar siempreatento a aplicar las técnicas y destrezas necesarias para lograr y mantener, al interiorde la Mediación, el necesario equilibrio de poderes entre las partes. 98FISCHER, Roger; URY, William con PAT T O N, Bruce: Sí…¡De acuerdo! Cómo negociar sinceder(trad. Eloisa Vasco Montoya). Buenos Aires, Norma, 1991; URY, William, ¡Supere elNo! Cómo negociar con personas que adoptan posiciones obstinadas(trad. Adriana deHassam). Buenos Aires, Norma, 1996 (6°).9Por ejemplo, desigualdad o desequilibrio de poderes por razones económicas, culturales,por temores, dificultad para la expresión oral, estados emocionales desventajosos, etc.

 

348Si a juicio del mediador no es posible lograr y/o mantener adecuadamente estenecesario equilibrio o igualdad de poderes, por ejemplo, en un caso de violenciaintrafamiliar, el mediador deberá dar por terminado el procedimiento. Y ello, por-que en el Modelo de Mediación de Harvard, en el que nos basamos, el objeto de laMediación es el restablecimiento de la comunicación entre las partes en busca de suautodeterminación y propia búsqueda de soluciones, y no es, en ningún caso, latransformación de la relación en conexión con la terapia familiar o la psicoterapia.b) El restablecimiento instrumental de la comunicación y el paso de la actitudcompetitiva a la colaborativa.La Mediación es un procedimiento alternativo de resolución de disputas que requie-re para su puesta en práctica de un restablecimiento instrumental, esto es, al efectode realizar la Mediación, de la comunicación entre las partes en conflicto.El principio rector es transformar el conflicto en cooperación. Como bien señalaDamian D‘Alessio, por ejemplo con respecto a las relaciones intraempresariales y ala ayuda práctica que les brinda la Mediación en el seno de una empresa, cuandotodos los recursos están comprometidos en alcanzar objetivos comunes, la funcióngerencial dentro de la empresa es la de ser un “activador” que coordina las tareas yesfuerzos del conjunto para obtener un resultado provechoso. La actividad de admi-nistrar es esencialmente un proceso social y continuo, ya que el logro de satisfaccio-nes actuales es estímulo suficiente para nuevas aspiraciones.Podríamos decir que la administración, desde el punto de vista conceptual, esfácil; no así su aplicación, que resulta compleja en cualquiera de los subprocesosinternos de organización, planificación, dirección y supervisión. El conflicto estápotencialmente inserto en cualquiera de estas etapas.Partimos de la base que cuando hay empresa (o sea, emprendimientos organiza-dos), se debe necesariamente armonizar un conjunto de fenómenos: integrar expe-riencias y actividades del conjunto, explorar acontecimientos futuros, transformarenergías individuales, grupales y sociales. De ello sigue que resulta inevitable laaparición de intereses contrapuestos entre sus integrantes.Podemos señalar algunos puntos cruciales que se dan dentro de la empresa: larealización de ajustes que hace una compañía y su repercusión en la satisfacción delas motivaciones personales de los empleados; las redes de comunicación y las for-mas de participación; las aptitudes personales y su correspondencia con los puestosde trabajo; la dirección y los estímulos a la cooperación voluntaria; las reaccionespersonales ante las supervisiones y controles de la empresa, y así podríamos conti-nuar casi hasta el infinito.Pues bien, expresa el autor: “El comportamiento humano incide en todos losámbitos de la empresa, es por ello que una visión inteligente del conflicto radica enno suprimir problemas, que de hecho es imposible, sino resolverlos de maneracreativa.” Añadiendo luego: “En principio, la Mediación aporta otro punto de vistasobre el conflicto. Lejos de considerarlo una barrera, una piedra en el camino, loVéase ALVAREZ, Gladys: “La Mediación, una forma de nivelar el poder de las partes” (I) enLibra Mediación en la Argentina. Buenos Aires, Fundación Libra, año 3, número 4, 1994,35-44; y “La Mediación, una forma de nivelar el poder de las partes” (II) en Libra Media-ción en la Argentina. Buenos Aires, Fundación Libra, año 4, número 5, 1995, 23-30.

 

349asume como algo natural y lo valora como una situación crítica que posibilita elcambio.” Así las cosas, continúa el autor, “Visto el cambio como una constante,ahora resta apreciarlo como una oportunidad para la transformación y el crecimien-to.” Recalca el mismo: “La Mediación comparte alguna de las técnicas de la Nego-ciación basada en la colaboración. El cuidado del recurso humano, de sus motiva-ciones e intereses, tiene por resultado el logro de la excelencia y la calidad total.”Por esta razón agrega: “Las empresas del mundo de hoy están capacitando a suscuadros en el manejo de técnicas básicas provenientes del campo de la Mediación,cuyo núcleo se encuentra en facilitar acuerdos negociados satisfaciendo los intere-ses de ambas partes.”En este sentido los entrenamientos dados a los gerentes, desde instituciones pri-vadas que se dedican a la Mediación, tienen por objeto la adquisición y desarrollode las habilidades necesarias que permitan tratar oportuna y eficientemente los con-flictos que se suciten en la empresa. Para hacer más comprensible su visión agrega:“Encontramos un claro ejemplo en la Boeing Aircraft Company. Esta empresa hizoque se le proveyera al plantel total de supervisores y team leadersun intenso in-housecuya temática abarcó desde las habilidades para comunicarse, hasta las for-mas de alentar la cooperación, y cómo detectar los intereses en una negociaciónentre aquéllos que deben trabajar juntos, de tal manera que puedan producir unamejor calidad, en el producto o en el servicio.” Agregando que: “Aquellas institu-ciones privadas no sólo dan trainingorientados hacia el management,sino que ade-más proveen mediadores en los casos en que el conflicto se le va de las manos,- porasí decirlo -, a los propios interesados en regularlo –señala D‘Alessio–. En talessupuestos, decimos que la situación superó los márgenes estimados y se debe recu-rrir a un mediador externo, ajeno a toda vinculación con la empresa y las partesintervinientes. Aquí, la aplicación de la estructura y proceso de la Mediación escompleto. La posición de tercero imparcial hace que el mediador, con técnicas ade-cuadas, lleve a las partes hacia un acuerdo, y su función adquiere relevancia prácticade importantísimo valor.”Por todo lo reseñado de su experiencia argentina el autor precisa que: “las técni-cas utilizadas en la Mediación sirven tanto para capacitar beneficiosamente al per-sonal que desee mediante activas interacciones a fin de promover formas creativaspara resolver disputas, y en los casos en que el conflicto desborda, la contrataciónde un mediador capacitado que aporta otra dimensión al proceso de resolución y alas partes, restableciendo un clima de franqueza y confiabilidad necesarias para queel potencial del ‘recurso humano’ dentro de la empresa sea utilizado a pleno.”10Desde una perspectiva más global, Yako Román nos hace ver que: “La sociedadorganizada después de la segunda conflagración mundial fue concientizando la di-mensión de la creatividad humana estructurada en torno a la destrucción. Los hom-bres construían para destruir ¡Vaya paradoja! Generaban instrumentos, productosde la reflexión, como resultado de la comunicatividad; grupos de científicos dialo-gaban con el objetivo de descubrir y manipular las cualidades íntimas de la materia.10El autor es abogado. Profesor adjunto de Filosofía y Teoría General del Derecho en laUniversidad de Buenos Aires (U.B.A.). D’ ALESSIO, Damián “Manejar las diferencias” enLibra. Mediación en la Argentina. Buenos Aires, Fundación Libra, año 4, número 2, 1992,21.